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31/08/2023

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11/07/2023

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pieza del mes viana
28/09/2023

El Salón de Tapices del histórico monumento acogerá el próximo sábado 30 de septiembre, a las 12:30 horas, la conferencia “El reloj mitológico en Viana: Metáfora del poder y el tiempo” dentro del ciclo ‘Piezas destacadas del Palacio de Viana 2023’.

La entrada es libre hasta completar aforo.

En...

Inauguración Cosmopoética
27/09/2023

Este otoño tienes una nueva cita con la poesía del 29 de septiembre al 7 de octubre.

Como ya os contábamos hace unos días, Cosmopoética,...

Cosmopoética 2023
26/09/2023

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Post FIP 01
25/09/2023

Llega el otoño y con él, el Festival Internacional de Piano Guadalquivir, que un año más cuenta con el patrocinio de Fundación Cajasur

Desde Fundación Cajasur, queremos mostrar nuestro apoyo...

noches eclécticas previsión de lluvia
14/09/2023

Por alta probabilidad de lluvias y tormentas durante todo el día el concierto de María Rodés se celebrará mañana en la iglesia de la Magdalena

El concierto de ...


 

INFORME ANUAL RELATIVO AL GRADO DE CUMPLIMIENTO DE LOS PRINCIPIOS Y RECOMENDACIONES RECOGIDOS EN EL CÓDIGO DE CONDUCTA SOBRE INVERSIONES FINANCIERAS TEMPORALES EN EL EJERCICIO 2022.

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Informe anual de la Dirección de la Fundación acerca del grado de cumplimiento del Código de Conducta para las entidades sin ánimo de lucro para la realización de inversiones temporales en el ámbito del Mercado de Valores, así como de inversiones financieras temporales de entidades sin ánimo de lucro en forma de depósito, préstamo, cesión temporal de activos financieros y otras análogas que lleven aparejada la obligación de su restitución y que no estén sujetas a las normas de ordenación y disciplina del Mercado de Valores.

 

 

I

La Disposición Adicional Quinta del Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, bajo la rúbrica de “Restricciones relativas a las inversiones financieras temporales de entidades sin ánimo de lucro”, que sustituye a la Disposición Adicional Tercera de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero (que ya lo disponía), recoge la obligación para la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el Banco de España y el Ministerio de Economía, cada uno en el ámbito de su supervisión, de aprobar códigos de conducta que contengan las reglas específicas a las que deberán ajustarse las inversiones financieras temporales que hagan las fundaciones, establecimientos instituciones y asociaciones sin ánimo de lucro, en general, con el fin de optimizar la rentabilidad del efectivo de que dispongan y que puedan destinar a obtener rendimientos de acuerdo con sus normas de funcionamiento.

Establece igualmente que los órganos de gobierno, administración o dirección de dichas entidades deberán aprobar un informe anual acerca del grado de cumplimiento de los citados códigos, que en el caso de las Fundaciones se deberá remitir al Protectorado para su conocimiento.

EEn cumplimiento de la regulación establecida antes indicada:

  1. El Consejo de la CNMV, atendiendo al ámbito de supervisión delimitado por la Ley del Mercado de Valores, aprobó con fecha 20 de noviembre de 2003 el Código de Conducta de las entidades sin ánimo de lucro para la realización de inversiones financieras temporales.
  2. Y por otro lado el Banco de España, mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2003, aprobó que el Código de Conducta aprobado por la CNMV para el ámbito del mercado de valores fuera de aplicación para las inversiones temporales de las entidades sin ánimo de lucro materializadas en forma de depósito, préstamo, cesión temporal de activos financieros u otros análogos que llevaran aparejada la obligación de su restitución y que no estuvieran sujetas a las normas de ordenación y disciplina del mercado de valores.

De acuerdo con lo anterior, el Patronato de la Fundación, en sesión de fecha 17 de diciembre de 2013, aprobó el Código de Conducta para la realización de inversiones financieras temporales, elaborado a partir del Código de Conducta aprobado por la CNMV.

Transcurridos más de quince años desde la aprobación del Código de Conducta por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, periodo en el que se han producido diversos cambios normativos y del funcionamiento de los mercados, el Consejo de la CNMV, en su reunión del día 20 de febrero de 2019, aprobó una actualización del mismo, publicándose el acuerdo en el Boletín Oficial del Estado con fecha 5 de marzo de 2019.

En base a lo anterior, el Patronato de la Fundación Cajasur, en sesión de fecha 10 de diciembre de 2019, con el fin de adaptar el Código de Conducta para inversiones financieras temporales de la Fundación Cajasur a la nueva normativa, aprobó una propuesta de actualización del mismo.

 

II

La Fundación Cajasur únicamente dispuso durante el ejercicio 2022 de depósitos a la vista abiertos en una Entidad de Crédito (Cajasur Banco, S.A.U.), en condiciones de mercado y sujetas a la garantía ofrecida por el Fondo de Garantía de Depósitos.

Cajasur Banco, S.A.U. es una entidad de crédito que forma parte del Grupo Kutxabank, el cual presenta las mejores ratios de solvencia dentro del sistema financiero español.